Sellado del Tiempo (Timestamping)

Nuevas herramientas informáticas al servicio del Escribano

Millones de terabytes fluyen diariamente a través de Internet. Siendo ésta una red abierta, la mayoría de esa información viaja al descubierto, es decir, propensa a ser interceptada, alterada o robada durante su envío por personas o software malicioso.

Hemos insistido en la conveniencia del uso de herramientas informáticas que aportan seguridad en las transacciones y las comunicaciones vía online. Nos referimos al empleo de la Firma Electrónica Avanzada, la cual una vez realizada, aporta al documento electrónico propiedades como la autenticidad, integridad, confidencialidad y no-repudio.

Básicamente un documento electrónico con Firma Electrónica Avanzada tendrá características más robustas que un simple documento electrónico, ya que identificará en forma fehaciente a su autor y su contenido no habrá sido modificado. El hecho que un destinatario reciba un documento con Firma Electrónica Avanzada válida, le otorga la certeza que ese archivo es íntegro y no ha sido alterado desde el momento en que se le imprimó la firma.

El no-repudio o no-vinculación, otra característica otorgada al documento por la Firma Electrónica Avanzada, radica en que ni el emisor ni el destinatario podrán negar el envío y/o la recepción del paquete de datos.

Justamente esta propiedad de no-repudio, se ve reforzada con otra herramienta tecnológica que aporta seguridad a la información y nos referimos al Sellado del Tiempo (o Timestamping).

La Ley 18.600 (ley que reconoce la admisibilidad, validez y eficacia jurídica del documento electrónico y de la firma electrónica), en el párrafo final del artículo 6°, establece que el documento electrónico no hará fe respecto de su fecha, a menos que ésta –es decir la fecha– conste a través de un fechado electrónico otorgado por un prestador de servicios de certificación acreditado.

Es decir que el Sellado del Tiempo supone un recurso informático que certifica la fecha y hora de un documento electrónico.

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Certificación Electrónica (UCE), órgano desconcentrado de AGESIC, aprobó el 23 de noviembre de 2018 la Resolución 08/018 «Política de Sellado de Tiempo – Versión 1.0».

Este servicio de Sellado del Tiempo que da fecha cierta a un documento electrónico y le imprime además la hora, será aportado en Uruguay por los Prestadores de Servicios de Certificación acreditados ante la Unidad de Certificación Electrónica (UCE) que lo soliciten y que cumplan previamente con las políticas de certificación de dicha Unidad.

El Sellado del Tiempo puede emplearse en todo tipo de documentos electrónicos, ofimáticos, audio, video, imágenes, y en todo software y/o archivo de datos.

Concretamente, esta referencia temporal, puede ser aplicada a las facturas electrónicas y al comercio electrónico en general (presupuesto, órdenes de compras y remitos electrónicos), para dar certeza del instante preciso en que el documento fue firmado.

Como defensa ante un plagio, puede resultar muy conveniente aplicar un Sello del Tiempo a la obra, con el fin de probar que la misma ya existía en determinado momento. Algunas legislaciones lo establecen como elemento obligatorio en demandas, escritos y notificaciones judiciales, como así también en todo tipo de recepción y envío telemático de información con y entre organismos públicos.

Por último, y siendo la presente enumeración tan solo a vía de ejemplo, es aconsejable el uso de Sellos del Tiempo en materia de evidencias electrónicas y/o evidencias digitales, las que a posteriori podrán constituir prueba en juicio.

La combinación de estas dos herramientas tecnológicas, la Firma Electrónica Avanzada y el Sellado del Tiempo, sin duda alguna, deben ser adoptadas por el notariado uruguayo a la brevedad, si lo que se busca es seguridad y confianza en la circulación de documentos electrónicos.

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Autora: Esc. Graciela Cami. Master en Derecho de Internet y Nuevas Tecnologías (Instituto Campus Stellae, Santiago de Compostela, España). Diplomada en Administración Digital, título otorgado por el Centro Tecnológico de Comercio Electrónico (CETECE) de Perú. Técnico Superior en Seguridad Informática, Firmas y Facturación Electrónica, título otorgado por Instituto Euroinnova (España). Experta Profesional en Derecho Tecnológico e Informática Forense (Universidad de Extremadura, España). Integrante de la Comisión de Derecho Informático y Tecnológico del Instituto de Investigación y Técnica Notarial de la Asociación de Escribanos del Uruguay.